calendar>>May 24. 2016 Juche 105
Representante permanente de RPDC ante la ONU envia carta al secretario general de la ONU
Pyongyang, 24 de mayo (ACNC) -- El representante permanente de la Republica Popular Democratica de Corea ante la ONU emitio el dia 23 una carta al secretario general de la ONU.

La misiva revela que hay serias contradicciones juridicas en las "resoluciones de sancion" del Consejo de Seguridad de la ONU que definen como "amenaza a la paz y seguridad internacionales" las pruebas nucleares y el lanzamiento de satelites con fines pacificos de la RPDC.

La misiva solicita el criterio sobre el respecto del secretario general de la ONU y continua:

El Consejo de Seguridad de la ONU aprobo en 2006 la "resolucion No. 1718" (S/RES/1718), en 2009 la "resolucion No. 1874" (S/RES/1874), y en 2013 la "resolucion No. 2094" (S/RES/2094), con respecto a la primera, segunda y tercera prueba nuclear de la RPDC. Y en 2016, cuando la RPDC realizo la primera prueba de bomba de hidrogeno, aprobo la "resolucion No.2270" (S/RES/2270).

Lo problematico es que el articulo 9 del prologo y el primer articulo del texto de la "resolucion No. 1718", el articulo 8 del prologo de la "resolucion No. 1874", el articulo 7 del prologo de la "resolucion No. 2094" y el articulo 11 del prologo de la "resolucion No.2270" definen como "amenaza a la paz y seguridad internacionales" las pruebas nucleares y el lanzamiento de satelites de la RPDC.

Al respecto, presento las siguientes preguntas:

Primero, ?cual es el fundamento juridico de las insistencias de las "resoluciones de sancion" que definen como "amenaza a la paz y seguridad internacionales" las pruebas nucleares, el lanzamiento de satelites y el lanzamiento de cohetes balisticos de la RPDC?

La Carta de la ONU, las resoluciones de la Asamblea General de la ONU, el CTBT, el TNP, el Tratado Espacial y otros derechos internacionales no tienen ni un articulo que define las pruebas nucleares como "amenaza a la paz y seguridad internacionales".

Segundo, ?si las pruebas nucleares, el lanzamiento de satelites y de cohetes balisticos se consideran como "amenaza a la paz y seguridad internacionales", por que el Consejo de Seguridad de la ONU no ha cuestionado ni tomado las medidas de sancion sobre mas de 2 mil pruebas nucleares y lanzamiento de satelites y de cohetes balisticos realizados por EE.UU. y otros paises?

Tercero, si no se dan las explicaciones juridicas persuasibles a las citadas preguntas, se considerara que el Consejo de Seguridad de la ONU abuso de su autoridad despreciando la demanda del articulo 39 del capitulo 7 de la Carta de la ONU de "definir la existencia o no de la amenaza a la paz y seguridad internacionales" antes de tomar las medidas de sancion, y cometio la actitud de doble rasero perdiendo la imparcialidad que es la vida de la organizacion internacional. Por lo tanto, esperamos la respuesta juridica del Secretariado de la ONU.

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