calendar>>May 12. 2017 Juche 106 |
Fiscalia Central de la RPDC exige a EE.UU. y Sur de Corea extradicion de criminales
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Pyongyang, 12 de mayo (ACNC) -- Con respecto a que el Ministerio de Seguridad Estatal descubrio una banda terrorista infiltrada en el interior de la RPDC a las ordenes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de EE.UU. y el Servicio Nacional de Inteligencia (SNI) del Sur de Corea a fin de cometer un atentado terrorista de Estado contra la Direccion Suprema de la RPDC, la Fiscalia Central de la RPDC hizo publica el dia 12 la siguiente declaracion: El crimen mas cruel y repugnante, cometido esta vez por EE.UU. y los titeres surcoreanos, corresponde al crimen de conspiracion de derrocamiento de Estado, al de traicion a la nacion y a la patria y al de terrorismo, establecidos por el codigo penal de la RPDC. Para castigar severamente segun la ley de la RPDC a los organizadores, complices y seguidores del presente crimen de terrorismo de Estado, cuya verdad fue revelada por las confesiones del arrestado, la Fiscalia Central de la RPDC declara como sigue: 1. Comenzamos desde este momento el procedimiento penal sobre los organizadores, complices y seguidores del inaudito crimen terrorista contra la dignidad de nuestra Direccion Suprema. El articulo 8 del codigo penal de la RPDC estipula que "esta ley se aplica hasta a los extranjeros que hayan cometido un acto contra la RPDC o perjudicado a sus ciudadanos fuera del territorio jurisdiccional de la RPDC". Todos los organizadores, complices y seguidores, independientemente de sus nacionalidades, son blancos de procedimiento penal de la ley de la RPDC. Segun el articulo 58 del codigo penal de la RPDC, la prescripcion de procedimiento penal no se aplica para los delitos de conspiracion de derrocamiento de Estado, la traicion a la nacion y a la patria y el terrorismo. 2. Demandamos a las autoridades correspondientes arrestar inmediatamente a los organizadores, complices y seguidores del presente crimen y extraditarlos a la RPDC. Segun el articulo 21 del codigo penal, en el caso de promotor y seguidor de un grupo criminal, se les imputa la responsabilidad penal correspondiente al crimen propuesto por ese grupo y el promotor sera castigado severamente. Puesto que el presente complot terrorista es el crimen organizado, los organizadores de la CIA, el ex presidente del SNI, Ri Pyong Ho, el "jefe del equipo del SNI" de apellido Han, el agente del SNI Jo Ki Chol y el director general de la compania limitada NAZCA de Qingdao, Xu Guanghai, deben asumir la responsabilidad penal mas pesada en virtud del codigo penal de la RPDC. La CIA, que acepto la solicitud y brindo la cooperacion en fabricar sustancias radiactivas y las otras toxicas para el terrorismo, prohibidas segun la Convencion Internacional para la Supresion de Bombazos Terroristas, no puede eludir nunca la responsabilidad de promotor del presente crimen organizado. La clausula 4 del articulo 16 de la Convencion de la ONU contra el Crimen Organizado Transnacional establece que "si la parte de un Estado, que hace la extradicion condicional a base de la tenencia de un tratado, recibe la solicitud de extradicion de la parte de otro Estado, que no tiene tratado de extradicion, este puede considerar esta Convencion como base legal para la extradicion con respecto al delito al que se aplica este articulo". Segun el articulo 2 de la misma convencion, el grupo criminal organizado significa un grupo compuesto por 3 o mas personas existiendo algun periodo de tiempo y actuando en concordancia con el fin de cometer uno o mas crimenes serios o violaciones establecidos de acuerdo con esta Convencion. EE.UU. y el Sur de Corea deben arrestar inmediatamente a los organizadores, complices y seguidores y extraditarlos a la RPDC. Esos matones no tendran refugio en este planeta. La Fiscalia Central sometera al juicio hasta al ultimo de ellos y les ejecutara implacablemente en nombre de la RPDC. |
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